Publicada: domingo, 14 de abril de 2024 13:47

Esta pasada noche, Irán lanzó centenares de drones suicidas y misiles hacia los territorios palestinos ocupados en respuesta al ataque del régimen sionista al consulado de Irán en Damasco el 1 de abril.

En el ataque, que resultó en la muerte de 13 personas, incluidos 2 altos mandos del Cuerpo de Guardianes de Revolución Islámica (CGRI) de Irán que se encontraban en Siria como asesores invitados por el gobierno sirio.

El ataque sionista contra las instalaciones diplomáticas iraníes en Siria representó una violación flagrante de todas las convenciones internacionales, especialmente las Convenciones de Ginebra y Viena. Desde la perspectiva iraní, la falta de condena por parte de las Naciones Unidas al ataque sionista mostró un absoluto desprecio por el derecho internacional que esas mismas instituciones pretenden garantizar. Ante la ausencia de esa condena, Irán no tuvo más opción que responder militarmente, dentro de los límites establecidos por la ley internacional, para restaurar su capacidad de disuasión.

En este sentido, es importante recordar que la delegación iraní ante las Naciones Unidas dejó claro que la respuesta iraní podría haberse evitado si el Consejo de Seguridad de la ONU hubiera denunciado el ataque sionista.

“Si el Consejo de Seguridad de la ONU hubiera condenado el reprobable acto de agresión del régimen sionista contra nuestras instalaciones diplomáticas en Damasco y posteriormente hubiera llevado ante la justicia a sus perpetradores, la necesidad de que Irán castigara a este régimen hostil podría haberse evitado”, declaró la misión iraní en una publicación en redes sociales.

Desde un punto de vista político, se puede señalar que la operación “Promesa Verdadera” lanzada por la República Islámica se enmarca dentro de la legalidad internacional, en concreto dentro del artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas, y dentro del derecho a la defensa de cualquier estado. Las diferencias entre la respuesta iraní y el ataque sionista son más que evidentes. Mientras que Israel ataca instalaciones diplomáticas o, en el caso de Palestina, a la población civil de manera indiscriminada, Irán, desde una visión racional y dentro de los límites impuestos por la ley internacional, atacó exclusivamente instalaciones militares, ejerciendo su derecho a la autodefensa según el derecho internacional.

Dentro de este marco de autodefensa, la Oficina de Representación de la República Islámica de Irán en Ginebra emitió un comunicado en respuesta a la agresión del régimen sionista contra el consulado de Irán en Damasco. En dicho comunicado, se afirmó que, en ejercicio del derecho inherente a la legítima defensa conforme al Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, Irán llevó a cabo una serie de ataques militares contra objetivos en Israel, en respuesta a las reiteradas agresiones militares del régimen israelí. Estas acciones, en particular su ataque armado en abril de 2024 contra instalaciones diplomáticas iraníes, contravienen el Artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas y constituyen una clara violación del derecho internacional. El objetivo de estos ataques fue frustrar los intentos del Consejo de Seguridad de adoptar las medidas necesarias para condenar y responsabilizar a los agresores.

Según la Carta de las Naciones Unidas sobre el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, existen dos principios legales fundamentales:

- El principio de prohibición del uso de la fuerza (Artículo 2, párrafo 4).

- El derecho inherente a la legítima defensa (Artículo 51).

Según estos principios, los estados tienen derecho a defenderse mediante el uso de la fuerza militar en caso de ser objeto de un ataque armado, hasta que el Consejo de Seguridad tome las medidas necesarias. Esta defensa puede ser individual o colectiva, pero en cualquier caso no debe excederse del límite de la necesidad, debe realizarse con urgencia y se debe respetar la proporcionalidad de las fuerzas empleadas para repeler el ataque.

El ataque militar de Israel contra el consulado de Irán, independientemente de la violación de la soberanía nacional de Siria y de ser un acto de agresión contra Irán, puede considerarse, según el Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, como el elemento primario del derecho a la legítima defensa, que es la agresión y la violación de la soberanía, y ha dado lugar al derecho legítimo de defensa iraní.

El recurso a la legítima defensa, de acuerdo con el Artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas, está permitido en caso de ataque armado. La definición de ataque armado puede ser determinada con referencia a la Resolución 3314 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada como la definición de agresión en diciembre de 1974. Según esta resolución, la invasión o ataque de las fuerzas armadas de un estado a las fuerzas terrestres, marítimas o aéreas oficiales de otro estado se considera un acto de agresión. En este sentido, la acción de Israel se ha considerado como un ataque agresivo y ha proporcionado los fundamentos para el ejercicio de la legítima defensa por parte de la República Islámica.

Desde una perspectiva militar, la operación "Promesa Verdadera", llevada a cabo por el Cuerpo de Guardianes de Revolución Islámica (CGRI) de Irán con otras unidades del ejército iraní, tuvo como objetivo la base militar sionista de Nevatim, ubicada en el sur del desierto del Néguev. Según fuentes locales, los múltiples ataques con drones y misiles fueron precedidos por una serie de ciberataques a la red eléctrica y sistemas de radar del régimen sionista, lo que provocó cortes masivos de energía en la zona. El grupo de piratas informáticos iraní "Cyber Av3ngers" publicó un comunicado asumiendo la responsabilidad por los cortes de electricidad en varias partes de los territorios ocupados.

Alrededor de las 11:00 PM, hora de Irán, la división aeroespacial del CGRI lanzó oficialmente una operación militar de represalia contra el régimen sionista, realizando al menos cuatro oleadas de ataques con drones.

La primera oleada incluyó docenas de drones kamikaze Shahed-136, alrededor de 100 unidades, cuyo vuelo también fue registrado por cámaras en Irán e Iraq.

Tras la primera oleada, siguieron tres ataques más con intervalos de aproximadamente media hora, y se estima que se lanzaron un total de 400 a 500 drones.

El siguiente paso en la operación militar de represalia fue el lanzamiento de una serie de misiles de crucero y balísticos, que según informes estuvieron acompañados por ataques simultáneos con drones y misiles por parte de los grupos del Eje de la Resistencia desde Iraq, Yemen y Líbano.

Además del ya mencionado ataque contra la base aérea de Nevatim, los misiles iraníes también impactaron en la base aérea Ramon, también situada en la zona del Negev.

La proporcionalidad de la operación iraní, siempre dentro de los límites impuestos por el derecho internacional a la autodefensa, fue expresada por el responsable máximo del CGRI, el General Hossein Salami, quien en comparecencia pública señaló que “nuestras operaciones fueron limitadas y únicamente una respuesta al ataque de la entidad sionista a nuestro consulado en Damasco”. También apuntó que “Cualquier reacción imprudente del enemigo será respondida con mayor firmeza y dureza”.

La respuesta iraní, además, debe ser vista desde el punto de vista del orgullo nacional, algo que no está en contradicción con los principios de la legalidad internacional anteriormente referidos. Por último, la operación “Promesa verdadera” demostró que la autosuficiencia de Israel en asuntos de seguridad y defensa tiene sus limitaciones. Israel no es capaz de enfrentarse a un Eje de Resistencia coordinado de manera independiente.

XAVIER VILLAR