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Tribunal de la UE anula unas sanciones antiraníes
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado este jueves una serie de sanciones antiraníes emitidas por los Veintiocho en relación con el programa de energía nuclear de Irán.
Según la agencia estadounidense de noticias ‘Associated Press’, estas sanciones tenían como objetivo el ‘Banco Tejarat’ y las empresas vinculados a la compañía Líneas Marítimas de la República Islámica de Irán (IRISL, por sus siglas en inglés).
El máximo tribunal de la Unión Europea (UE) ha explicado el levantamiento de las sanciones, argumentando que los 28 miembros de este bloque no habían justificado su decisión para congelar los activos y recursos económicos del mencionado banco persa.
Además, ha dejado claro que la UE tampoco ha podido probar los cargos contra la compañía ‘Ocean Capital Administration’ y otras empresas relacionadas a IRISL.
En diciembre de 2013, se consolidó la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la anulación de sanciones a la empresa IRISL, impuestas en los años 2010 y 2012 por parte de este bloque regional.
A pesar de que los órganos del TJUE han anulado varias veces los embargos a los bancos, empresas y entidades de la República Islámica de Irán, la UE nunca los había retirado de la lista de sus sanciones.
Este tipo de sanciones tiene su origen en las infundadas acusaciones de Estados Unidos y el régimen de Israel, junto a sus aliados, de que Irán podría perseguir objetivos bélicos en su programa de energía nuclear.
Sin embargo, Teherán, además de rechazar esas alegaciones, señala que, como miembro de la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) y signatario del Tratado de No Proliferación (TNP), tiene el derecho legítimo a adquirir y desarrollar energía nuclear con fines pacíficos.
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