La Asamblea Nacional, específicamente la oposición, se prepara para impulsar a todo pulmón el juicio político contra el presidente de Ecuador, Guillermo Lasso, no obstante, si el proceso no avanza, hay otras alternativas para cesarlo, entre ellas: la incapacidad mental.
Representantes políticos afines al correísmo han alertado de que si la Corte Constitucional no allana el camino a este proceso, el pueblo ecuatoriano se levantará. “Cuando el presidente un día dice una cosa y al otro día dice otra cosa, cuando el presidente se fractura un pie y al otro día está caminando, ¿qué le pasará al presidente mentalmente?, observó el jueves Mireya Pazmiño, legisladora de la oposición.
Ante esta tesitura, el ministro de Gobierno, Henry Cucalón dijo en la misma jordana que ese plan era “un disparate fruto del trastorno político en que viven ciertos asambleístas”, según el diario local El Universo.
La Constitución de Ecuador especifica que el presidente cesará en funciones en los siguientes casos:
Por terminación del periodo presidencial, por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional, por destitución, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por un comité de médicos especializados, y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes (92 votos) de sus integrantes, por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes (92) y por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.
El artículo 35 de la Ley de la Función Legislativa señala que la mayoría absoluta (70 votos) de los miembros de la Asamblea Nacional podrá solicitar la declaratoria de incapacidad física o mental permanente e inhabilitante del presidente de la República al titular de la Asamblea Nacional, quien remitirá dicha petición al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para la calificación correspondiente.
En 20 días, el pleno designará a tres profesionales médicos, quienes en el máximo de diez días hábiles posteriores presentarán un informe detallado de la salud física y mental permanente del mandatario que será conocido por el pleno de la Asamblea en sesión. En un solo debate y con las dos terceras partes de sus integrantes (92 votos) podrá declarar la incapacidad física o mental permanente e inhabilitante del presidente de la República y por tanto el cese de sus funciones. Si esto ocurre, lo reemplazará quien ejerza la vicepresidencia por el tiempo que reste para completar el periodo presidencial.
¿De qué le acusan a Lasso?
En el informe referente al caso ‘El Gran Padrino’, que destapó el medio digital La Posta luego de que su equipo periodístico recabara serie de audios y documentos que vinculan a funcionarios del Ejecutivo con actos ilícitos, la Comisión multipartidaria la Verdad, Justicia y Lucha contra la Corrupción de la Asamblea Nacional de Ecuador habla de que el mandatario tiene “responsabilidades por omisión” que facilitaron el “cometimiento de infracciones de carácter penal, como el mal uso de los recursos del Estado, peculado, cohecho, concusión, oferta de puestos o cargos públicos (tráfico de influencias), posible testaferrismo, soborno, así como corrupción de funcionarios”, tipificados en el Código Orgánico Integral Penal como delitos contra la eficiencia de la administración pública.
Esta omisión, según el informe, tuvo “la única finalidad de ocultar las potenciales conductas ilícitas de su cuñado, Danilo Carrera Drouet, y de sus funcionarios más cercanos”.
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