Un juez de la Audiencia Nacional española admitió a trámite la querella interpuesta por el expresidente de Ecuador Rafael Correa contra la empresa española Undercover Global (UC Global), a la que investiga por supuesto espionaje al fundador de WikiLeaks, Julian Assange, en la embajada ecuatoriana de Londres, la capital británica.
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, el magistrado José de la Mata acuerda acumular esta querella a la causa en la que ya investigaba el supuesto espionaje a Assange y que tramitará en la “pieza separada Correa”, y tomar declaración al demandante desde su residencia en Bélgica, donde se trasladó tras acabar su mandato en 2017.
La denuncia está dirigida contra el dueño de Undercover, David Morales, ya imputado en la causa, por delitos de descubrimiento y revelación de secretos, cometidos fuera de España, más concretamente, en Francia y Bélgica.
Conforme a la demanda, Morales, a través de su empresa, prestó servicios de seguridad a Correa y a su familia cuando era presidente de Ecuador entre los años 2007 y 2017, dispositivo que se prolongó hasta 2019.
Durante ese período, Morales, prosigue la querella, “habría realizado tareas de espionaje sobre Correa, haciendo que los encargados de la seguridad recabaran información privada sobre éste, con intromisiones en su privacidad”.
En la querella judicial, se recoge como una posible comisión de delito los “seguimientos y fotografías de encuentros entre Correa Delgado y el abogado coordinador de la defensa de Assange”, que ha sido llamado a declarar como testigo en el marco de esta causa el próximo lunes.
La resolución señala, asimismo, que los querellantes sostienen que el 17 de noviembre de 2017 el propietario de la empresa, objeto de la demanda, elaboró un informe relatando esos encuentros y temas tratados, y sobre reuniones mantenidas en Bruselas, apunta
Por último, el informe del medio español anota que el citado magistrado acuerda admitir a trámite la querella, con el informe favorable de la Fiscalía, al considerar que del relato fáctico “se desprende racionalmente indicios de participación en las conductas penalmente relevantes objeto de la investigación”.
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