La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró en un comunicado emitido el miércoles que Freddy Francisco Superlano Salinas, Sergio de Jesús Vergara González y Juan Andrés Mejía Szilard, tienen que responder por delitos de “traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada”.
El TSJ precisó que los tres diputados, al igual que a los siete anteriores, a los que ya se les ha retirado la inmunidad parlamentaria, no tienen derecho a un antejuicio de mérito por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes, cometidos por respaldar el conato golpista, liderado por Juan Guaidó, presidente de la AN, de mayoría opositora y declarada en desacato.
Después de haber sido desactivada la asonada golpista el mismo de día que Guaidó la inició, la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de Venezuela anunció que allanaría la inmunidad parlamentaria de todos los que participaron activamente en el fallido golpe de Estado.
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