Las elecciones presidenciales en Perú se celebraron el 6 de junio y, tras procederse al escrutinio del 100 % de los votos, conforme lo anunció el ente electoral el 15 de junio, el candidato presidencial por Perú Libre, el izquierdista Pedro Castillo, obtuvo el 50,125 % de los sufragios, mientras que su rival del partido derechista Fuerza Popular, Keiko Fujimori, recabó el 49,875 %, una diferencia de 44 058 papeletas.
No obstante, Fujimori, sin presentar pruebas, acusó al partido de Castillo de orquestar un “fraude sistemático en mesa” y pidió a las autoridades electorales anular miles de votos a favor del candidato izquierdista. Las autoridades electorales desestimaron esa solicitud, pero la candidata conservadora ha recurrido a otros alegatos en un intento por revertir el resultado.
En este sentido, el abogado Javier Villa Stein presentó recurso a favor de Fujimori en el que pedía que se declarara la nulidad de la segunda vuelta, al asegurar que se “convirtió en un proceso electoral viciado”. El letrado fundamentó que el pleno del Jurado Nacional Electoral (JNE) no contaba con uno de sus cinco integrantes, la denuncia de supuestas firmas falsas en diversas actas, el número de actas impugnadas y/o observadas, “la presencia de anomalías estadísticas” y el rechazo a cientos de pedidos de nulidad que presentó Fuerza Popular por cuestiones de forma y no de fondo.
En respuesta a la demanda de Villa Stein, la jueza Elizabeth Salas Fuentes, del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio, ha declarado este sábado “improcedente” la demanda de amparo, según ha detallado en un documento la Corte Superior de Justicia de Lima.
En concreto, ha señalado que la parte demandante no ha presentado pruebas suficientes para concluir que se había falsificado firmas de miembros de mesa de votación donde supuestamente se adulteraron el número de votos para cada candidato.
#LoÚltimo Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de @CSJdeLima declaró improcedente demanda de amparo interpuesta por Javier Villa Stein contra @JNE_Peru y @ONPE_oficial, donde solicitaba declarar nula segunda vuelta electoral 2021.
— CSJ de Lima (@CSJdeLima) June 26, 2021
Lee la resolución: https://t.co/J6yVBXQfUC pic.twitter.com/b5r62qcHGp
El Poder Judicial recuerda que la Constitución peruana indica que la única causal para anular un proceso electoral es que los votos nulos o en blanco superen los dos tercios del número de votos emitidos, algo que también está reglamentado en la Ley Orgánica Electoral.
La jueza Salas ha destacado que el JNE ha actuado en sus resoluciones según la ley y sin mostrar simpatía por alguno de los dos candidatos. “No existen elementos que permitan vislumbrar que las codemandadas hayan actuado arbitrariamente en la aplicación de la ley, esto es que, ante hechos similares y frente a una norma aplicable”, reza la nota.
En medio de la polémica, un excongresista ha difundido en Perú unos audios filtrados que revelan cómo Vladimiro Montesinos, el encarcelado exasesor del expresidente Alberto Fujimori, habría intentado sobornar al JNE) para ayudar a Fujimori a lograr acceder al poder. En dichas grabaciones se escucha a Montesinos dialogar con un exmilitar coordinando acciones para que se concrete un presunto fraude en la segunda vuelta de las presidenciales.
Casi tres semanas después del balotaje, las autoridades electorales no han podido proclamar todavía como presidente electo a Castillo debido a la insistencia de Fujimori de no aceptar el resultado. No obstante, las misiones de observación electoral que supervisaron la votación, entre ellas la Organización de Estados Americanos (OEA), así como por organismos nacionales, como la Asociación Civil Transparencia y la Defensoría del Pueblo, han declarado que el proceso fue trasparente y no hubo fraude.
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