Publicada: domingo, 23 de agosto de 2020 16:05
Actualizada: viernes, 28 de agosto de 2020 20:08

La decisión de postergar elecciones en Bolivia es “inconstitucional” e incluso viola las leyes aprobó el propio gobierno de facto tras el golpe contra Evo Morales.

¿Como se ha producido el compromiso entre los órganos Electoral, Legislativo y Ejecutivo, y por que la COB y el PU, lo rechazaron en un primer momento y levantan el bloqueo de camino a raíz de la promulgación de la Ley?

De acuerdo al Salvador Romero, presidente del TSE, el compromiso entre los órganos del Estado, se debió a que se logró un primer consenso con la ALP para la aprobación de una Ley donde se establezca un rango que tenga como fecha límite el 18 de octubre; con el Ejecutivo se logró el compromiso para que se promulgue la Ley de manera inmediata debido a las movilizaciones que habían paralizado el país. Con las organizaciones políticas, se logró confirmar que las elecciones se realicen el 18 de octubre. Sin embargo, se conoce que en estas negociaciones con las fuerzas políticas y el TSE siempre se juega a varias estrategias, y no se sabe con certeza a que acuerdos se arriban en la “caja negra”. Por ejemplo, “Creemos” es la organización política que tiene su base social en santa Cruz, y tiene el respaldo del Comité Cívico pro Santa Cruz, ya que el candidato presidencial, Luis Fernando Camacho fue líder se ese Comité y encabezo desde el oriente las movilizaciones para pedir la renuncia del presidente Evo Morales.

Si “Creemos”, estuvo de acuerdo con el resto de las demás fuerzas políticas para que se efectúen las elecciones el 18 de octubre, el Comité Cívico pro Santa Cruz, no lo esta, ya que a través de su actual presidente Rómulo Calvo, -después que se promulga la Ley- se pronuncia rechazando la fecha de los comicios y pide anular la convocatoria, porque cuestiona que se disponga que el electorado vaya a unas “elecciones obligadas” y “Eso no lo podemos aceptar”, porque el TSE “hasta el día de hoy no nos ha demostrado en ningún momento que un comité científico nos da las garantías de que los bolivianos podamos ir a votar sin contagiarnos. (…) No queremos ir a unas elecciones obligadas (…) Queremos ir a unas elecciones cuando esta pandemia nos dé la libertad de sacarnos el barbijo”. A esta declaración precede las determinaciones que tomó este Comité en la Asamblea de la Cruceñidad, que exigió la renuncia del presidente del TSE, anular la convocatoria a las elecciones, y convocar a un nuevo proceso. Esta posición demuestra una vez más que existen sectores sociales y políticos de la ultra derecha que pretenden que las elecciones se posterguen hasta el año 2021.

Concerniente al candidato Carlos Mesa de Comunidad Ciudadana, Jeanine Áñez, de Juntos, y Jorge “Tuto Quiroga” de Libre21, tienen todos una relación muy cercana con el presidente del TSE. La Presidenta del Estado, lo designó como vocal del TSE30 . Carlos Mesa, cuando era presidente de Estado el año 2003, designó a Salvador Romero como presidente de la Corte Nacional Electoral (CNE), y durante el gobierno de Banzer y Jorge “Tuto” Quiroga, se desempeñó como vocal de la Corte Departamental Electoral de La Paz 31 .

Es decir estas fuerzas políticas, han tenido vínculos políticos estrechos con Salvador Romero y éste – según revelan los cables de WikiLeaks- ha tenido vínculos con el Departamento de Estado de EE.UU, USAID, y fue director de la DNI, además de ser informante del ex embajador estadounidense Philip Goldberg (2006-2008), a quien expulsó Evo Morales por conspirar contra el gobierno. Consiguientemente Salvador Romero no tiene neutralidad política en el presente proceso electoral.32

Estas relaciones pueden explicar los “compromisos” que logró el TSE algunas de las fuerzas políticas; y también el por qué hasta la fecha el proceso electoral se ha desarrollado de la forma tan turbulenta y violenta, postergándose hasta la fecha en cuatro oportunidades y con esta postergación, se produce la prórroga del gobierno de facto de Jeanine Áñez.

Ahora bien, según el TSE los compromisos con los movimientos sociales fue establecer el diálogo que se desarrolló en distintos escenarios. Fue un diálogo difícil, complejo, y solo se coincidió en que una ley podía ayudar a dar más certeza al proceso electoral, la discrepancia estaba en la fecha.33 Por eso —según Salvador Romero— es que la COB, y el Pacto de Unidad han rechazado públicamente la Ley que ya estaba sancionada por las cámaras de diputados y senadores de la ALP.

¿Porque la COB y el PU, rechazaron la Ley y posteriormente levantaron el bloqueo de caminos?

A nivel de los movimientos sociales liderados por sus organizaciones matrices, la aprobación de la Ley con un plazo “improrrogable”, tuvo diferentes reacciones y evaluaciones, así como una mirada diferente concerniente a la conquista de sus reivindicaciones a raíz de a los efectos de poder que tuvo la masiva movilización popular a través de los bloqueos de caminos.

La COB y el PU, en conferencia de prensa34, rechazaron la Ley por los siguientes motivos: Primero, porque arguyen que no fue consensuada con los sectores movilizados, y consideran una “traición” que la Ley haya sido aprobada, “a espaladas de la COB, del Pacto de Unidad, y del pueblo movilizado”. Para la COB y el PU el “El órgano Ejecutivo, el órgano Electoral y el órgano Legislativo, son los que dieron la espalda al pueblo boliviano. Segundo, el TSE al mantener su posición fijando los comicios en fecha 18 octubre, mostro que no tenía la voluntad política para concertar, al descartar la propuesta alternativa del 11 de octubre, que los dirigentes sociales plantearon en el diálogo, sobre la cual se trabajó el primer borrador del Proyecto de Ley. Tercero, se demostró que la “COB y el Pacto de Unidad somos leales al pueblo, y (…). Bajaremos a las bases y será el pueblo que decida qué acciones llevar adelante”.

Al día siguiente y después de una evaluación, la COB y el Pacto de Unidad, suspenden los bloqueos de caminos bajo la figura de “un cuarto intermedio en el conflicto a nivel nacional hasta el 18 de octubre” la “lucha no termina (…) porque estamos seguros de que después del 18 de octubre, (el Gobierno) no va a querer hacer la transmisión de mando.”35

El movimiento cocalero del Chapare —de donde proviene el liderazgo sindical y político de Evo Morales—. También acordaron efectuar un ‘cuarto intermedio’ en sus movilizaciones, Leonardo Loza, de la “Federación de Interculturales de Chimoré” afirmó que “Nuestra movilización ha sido contundente, ha sido multitudinaria, unánime y orgánica. Se ha mostrado la fuerza del campo y la ciudad como nunca (…). Esta movilización (…) tiene una victoria que es una Ley, que garantiza obligatoriamente se realice las elecciones el 18 de octubre”36. Contrariamente a esta posición, los sectores sociales movilizados en El Alto de la ciudad de La Paz, como campesinos, comunidades de las naciones originarias aymaras, maestros rurales, la Federación de Juntas Vecinales (FEJUVE) y otras organizaciones, en un Cabildo anunciaron que continuarán con los bloqueos en el departamento hasta que Añez renuncie ya que “El pueblo se ha cansado de esperar la burla del TSE pidiendo elecciones, por lo tanto, el pedido definitivo de todas las organizaciones sociales del departamento de La Paz, es el abandono inmediato de Añez (de la Presidencia). Debe irse”. Por su parte, los autos convocados a la cabeza del “comandante de bloqueos”, Felipe Quispe (el Mallku), también ratificaron que seguirán movilizados a pesar de la determinación de la COB de un cuarto intermedio. Critico al secretario ejecutivo de la COB, Juan Carlos Huarachi, por levantar los bloqueos y aceptar que las elecciones se realicen el 18 de octubre, tal como dispuso el TSE. “¿Para qué hemos hechos esta movilización?”, “Nosotros vamos a mantener los bloqueos de carretera, no tenemos por qué levantar (…) no hay confianza en la presidenta transitoria, porque es una mujer mentirosa” y mantendrán “el bloqueo (…) hasta que renuncie Jeanine Áñez.37

Finalmente, a modo de conclusión parcial relativa a ésta última crisis del proceso electoral en la que hubo un escenario de confrontación, se puede afirmar que la ALP recuperó su poder constitucional, al aprobar una Ley que permita reconducir al país hacia la institucionalidad y llevar adelante las elecciones el 18 de octubre de 2020 que son “improrrogables”, ya que la Ley contempla candados, que se respaldan también en la Declaración Constitucional plurinacional del TSE 0001/2020, y en las penalidades que se establecen contra quienes, cambien la fecha definitiva, impostergable e inamovible de las elecciones.

Sin embargo, y como se ha analizado anteriormente, existe evidencia significativa que el proceso electoral se ha venido postergando consecutivamente en cuatro oportunidades, por los intereses políticos, económicos y sociales que tienen las fuerzas políticas conservadoras que operan desde el gobierno y también desde la sociedad civil a través de sus organizaciones políticas y cívicas, muchas de las cuales reivindican una nueva convocatoria para que las elecciones se realicen el 2021. En este sentido, una Ley, y la misma “Declaración Constitucional Plurinacional 0001/2020”, no asegura que las elecciones se realicen, ni que se desarrollen de forma pacífica, ya que el cuarto intermedio decretado por las organizaciones sociales hasta el 18 de octubre, — para resguardar el proceso electoral y que se realicen las elecciones— muestra que la tensión política está en el ambiente del ámbito político ideológico boliviano, agudizada por la crisis de credibilidad que atraviesa el gobierno, y el TSE, que va paralela a la acumulación de fuerza social y política de los movimientos sociales y sus organizaciones que fortalece a su organización y autodeterminación que puede activar al factor de poder del pueblo, cual es la protesta popular, a través de la cual puede estallar un nuevo conflicto sin precedentes que postergue las elecciones hasta un nuevo ciclo electoral que puede iniciarse o no, el 2021, dependiendo de la forma como se resuelva la disyuntiva de la confrontación, donde medirán fuerzas los factores de poder de cada uno de los bloques sociales y políticos que entraran en la disputa.

Consiguientemente, las elecciones del presente año, pueden terminar como la elección de octubre de 2019 con un golpe de estado, cuyo factor de poder será siempre la Policía y las FFAA, pero esta vez, no para desplazar a un gobierno constitucionalmente electo, que gozaba de legitimidad de origen que le otorgo el voto ciudadano; sino para evitar que nuevamente el pueblo democráticamente elija a sus nuevas autoridades, que como muestran las encuestas electorales, puede ser nuevamente un gobierno liderado por el MAS-IPSP, a la cabeza de Luis Arce y David Choquehuanca.

Si bien el uso de la fuerza, es el último recurso al cual pueden recurrir los sectores sociales y políticos conservadores para postergar las elecciones hasta el 2021 y mantenerse en el poder, no es menos relevante anotar que la postergación las elecciones también ha servido como un recurso para prorrogar en el gobierno a la autoproclamada presidenta Jeanine Áñez que fielmente sirve a los intereses políticos económicos y sociales de la clase burguesa y oligárquica y sus expresiones políticas, las mismas que con beneplácito se han sumado a no respetar las reglas normativas del proceso electoral, para evitar que el acto electoral se efectué en las fechas previstas y en el año 2020.

Por eso, cerrare el presente análisis, afirmando que con la suspensión de las elecciones por cuatro veces de forma continua se posibilito la prórroga del mandato de Jeanine Áñez. Es decir la suspensión del proceso electoral va paralelo a la prórroga del mandato que debía durar solo hasta el 22 de julio38. En este sentido, hay que subrayar que la prórroga del mandato Jeanine Áñez es contraria al Estado Constitucional y Democrático de Derecho, y lo ratifica el mismo TCP en la “Declaración Constitucional Plurinacional 0001/2020” que se emite el 15 de enero, justamente para hacer una análisis de constitucionalidad de la Ley 1270 “Ley Excepcional de Prórroga del Mandato Constitucional de Autoridades Electas”; y afirman que, “la prórroga del mandato debe estar sometida y condicionada al cumplimiento de un calendario electoral ya que no es admisible una prorroga que quede en la indeterminación su duración, porque de ser así se consagraría en un estado no constitucional de arbitrio, y en la que las autoridades extenderían sus funciones sin medida donde la interpretación constitucional resultaría ajena al objetivo constitucional, que para el caso podría denominarse un prorroguismo indefinido claramente contrario al Estado Constitucional y Democrático de Derecho”39.

Consiguientemente puedo concluir -siguiendo a Zaffaroni- que en Bolivia se vive “Estado de No Derecho”40 debido a que el gobierno de facto, ha roto el equilibrio de poderes y el sistema de pesos y contrapesos, porque concentra el poder en el órgano Ejecutivo, cercena el poder constitucional del órgano Legislativo; y ha presionado por un lado; al órgano Electoral, para suspender por todas las vías posibles el proceso electoral; y por otro, al órgano Judicial, buscando que los tribunales de justicia se pronuncien para inhabilitar a los candidatos del MASIPSP, y proscribir la personería jurídica de esta organización política, además de los procesos penales que han interpuesto a Evo Morales Ayma, por sedición y terrorismo. Asimismo, con la postergación de las elecciones, y la prórroga del gobierno, —que es contrario al estado constitucional y democrático de derecho—, se despoja al pueblo del ejercicio de sus derechos políticos para elegir como soberano a un Presidente, Vicepresidente y Asambleístas que cuenten con la legitimidad de origen y la legalidad constitucional. Y si el gobierno de facto sigue cercenando y vulnerando el ejercicio de los derechos políticos, la protesta popular y la rebeldía revolucionaria en las calles, serán nuevamente escenario de la lucha de clases que se vive en Bolivia que puede desencadenar salidas democráticas y de derecho, o salidas antidemocráticas y de hecho. Tal la disyuntiva del actual coyuntura política.

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Romina Guadalupe Pérez Ramos estudió Sociología en la UMSS, Diplomado en Ciencias Políticas (CESU-UMSS), en Altos Estudios Nacionales y en las Universidades de Bolonia y de Copenhague. Es socióloga y se ha desempeñado como embajadora extraordinaria y plenipotenciaria del Estado Plurinacional de Bolivia ante la República Islámica de Irán (10/06/2019 al 15/11/2019), diputada nacional (2015-2020), titular de la Secretaría de Relaciones Internacionales y Protección al Migrante, gestión legislativa (2019-2020) y primera vicepresidenta de la Cámara de Diputados, gestión legislativa (2017-2018).

 

30 Cf. https://www.lostiempos.com/actualidad/pais/20191125/presidenta-jeanine-anez-designa-salvador-romero-como-vocal-del-tse

31.cf. Salvador Romero fue designado -durante el Gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada 1993-1997-vocal de la Corte Departamental electoral, se mantuvo en el cargo durante el gobierno de Hugo Banzer y Tuto Quiroga 1997-2002. En ese contexto a los vocales los designaba el Congreso a por las fuerzas políticas que tenían representación en el Congreso Nacional a través de la “democracia pactada” que fue característica del gobierno neoliberal.

32 Cf. https://www.pressenza.com/es/2020/08/salvador-romero-del-tribunal-supremo-electoral-de-bolivia-vinculado-ausaid- y-cia/

33 Cf. https://www.brujuladigital.net/politica/romero-asegura-que-hubo-dialogo-dificil-y-por-varios-dias-conmovimientos- sociales-huarachi-dijo-que-no

34 Juan Carlos Huarachi, Ejecutivo de la COB. En: Conferencia de Prensa. Cf. https://lapatria.bo/2020/08/13/cob-ypacto- de-unidad-rechazan-la-ley-de-elecciones-aprobada-por-el-senado-y-el-gobierno/ ; https://www.brujuladigital.net/politica/la-cob-y-el-pacto-de-unidad-desconocen-el-acuerdo-politico-que-fija-plazo-paralas- elecciones ; https://lapatria.bo/2020/08/13/cob-y-pacto-de-unidad-rechazan-la-ley-de-elecciones-aprobada-por-elsenado- y-el-gobierno/

35 https://www.noticiasfides.com/nacional/sociedad/cob-y-pacto-de-unidad-rechazan-acuerdo-sobre-elecciones-yanalizan- continuidad-de-bloqueos-405899

36 Cf. https://eju.tv/2020/08/cocaleros-la-movilizacion-fue-una-victoria-porque-se-promulgo-la-ley-de-elecciones/

37 Cf. https://erbol.com.bo/nacional/el-“mallku”-se-resiste-desbloquear-dice-que-la-cob-actuó-unilateralmente

38 Cf. “Declaración Constitucional Plurinacional 0001-2020. Consulta sobre la constitucionalidad de los arts. 1 y 4 del

proyecto de la Ley 160/2019-2020 “CS”, Ley Excepcional de Prórroga del Mandato Constitucional de Autoridades

Electas”.

39 Ibid.